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Contraste documental · 20 de septiembre de 2026

Cada conclusión conserva su fuente y sus límites. Un documento auténtico no demuestra por sí solo todos los parentescos propuestos.

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Revisión de Astelarra y Cuadrillero–Reoyo

Comprobación: 20 de septiembre de 2026. Los informes de Gemini se usan como pistas, no como fuentes. «No acreditado» significa que falta prueba suficiente; no equivale a demostrar que una relación sea imposible.

Astelarra: diez referencias que no corresponden a lo afirmado

Se abrió cada URL de la tabla «Partidas verificadas» del informe monográfico Astelarra en Chrome y se leyó la ficha del Archivo Histórico de Euskadi. Son índices archivísticos, no imágenes de partidas originales. Ninguna de las diez fichas corresponde a la persona o pareja atribuida en el informe.

Referencia oficial Afirmación del informe Lo que identifica realmente el catálogo
matid 1120455 Juan Bautista Barrueta y Josefa Azpitarte, Amoroto, 1821 Matrimonio de 2-1-1857, San Sebastián de Soreasu, con apellidos Eizaguirre Aizpuru. La ficha muestra nombres masculinos en ambos campos: se conserva esa anomalía sin corregirla por conjetura.
bauid 5124012 Pedro Juan Barrueta Azpitarte, 1822 Domingo Larrea Arechabaleta, 14-10-1600; padres Pedro Larrea y María Arechabaleta.
matid 1145220 José Ignacio Astelarra y Ángela Minteguia, 1848 Martín José Azpiroz Ormaechea y María Bautista Garmendia Artola, 28-11-1882.
bauid 5167823 Leandro Astelarra Minteguia, 1849 María Agustina Goicoechea Mendasona-erdicua, 12-4-1838.
matid 1130982 Juan Barrueta y Francisca Badiola, 1851 Miguel Bezanburu y Magdalena Sanjuanena Bono, 26-1-1711.
bauid 4862340 Domingo Astelarra Abaitua, 1852 Francisco Elosegui Gallastegui, 5-11-1874; padres Joaquín Elosegui Ereñaga y Dominica Gallastegui Murgoitio-Veña.
bauid 4910542 María Micaela Barrueta Badiola, 1858 Josepha Onagoytia Arrate, 10-6-1718.
matid 1152341 Domingo Astelarra y Evarista Echeandia, 1877 Juan Antonio Salaberria Macuso y Ana María Joaquina Errasusta Olaciregui, 13-7-1789.
bauid 5189034 José Antonio Astelarra Echeandia, 1878 Phelipe Mendessona Yvacar, 2-5-1662.
bauid 5189421 María Ángeles Astelarra Echeandia, 1888 María Lorenza Oar Olazar, 10-8-1789.

Estas referencias no permiten incorporar a ninguno de los supuestos ascendientes de Juanita. Se mantiene su nombre Juana Astelarra Barrueta, confirmado por Anton, su matrimonio y los hijos conocidos por la familia. Actualización posterior del mismo día: un sumario original de 1937 sí permite proponer a Juan y Juana Barrueta como sus padres a través de sus hermanos. Consultar esa nueva prueba y sus límites. No rehabilita las diez citas erróneas.

Otras afirmaciones que requieren prueba

Cuadrillero–Reoyo: una nueva noticia real, sin nuevos padres demostrados

María Cuadrillero Reoyo en 1964

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, número 261, 18-11-1964, página 4, final de columna central y comienzo de columna derecha, edicto de Medina de Rioseco firmado el 5-11-1964, rollo 58/1964.

Referencia de la BVPH. El catálogo consultado en Chrome confirma número, fecha y página indexada; el visor no permitió abrir el ejemplar en esta comprobación. Se inspeccionó visualmente el facsímil ya aportado en el archivo local, cuyo encabezamiento y texto coinciden con la referencia del catálogo. PDF local: archivo_documental_historico/r3_parlamentarios_prensa_castilla/bop_valladolid_1964_11_18_completo.pdf; SHA-256 354d0e0192f868c1d7503283fb5c2686d494c69795626b9da69b4dcd0b07fdbb.

Lectura resumida: el edicto menciona a María Cuadrillero Reoyo, viuda y vecina de Durango, como parte en un procedimiento sobre rendición de cuentas de administración. Identifica a Vicente Cuadrillero Reoyo, labrador y vecino de Medina de Rioseco, como apelante fallecido, y emplaza a sus herederos.

Qué acredita: nombre y situación descrita de María en el procedimiento; Vicente ya había fallecido cuando se firmó el edicto. No da fechas de nacimiento, fecha exacta de muerte de Vicente, padres de ninguno, nombre del esposo de María ni declara que sean hermanos. Esa relación procede de otras fuentes del archivo familiar. La noticia no describe el resultado definitivo del pleito ni prueba una conducta indebida.

Corrección del dossier: sitúa el pasaje en la columna 1; realmente empieza al pie de la columna 2 y continúa en la 3. «Viuda de Eduardo» y «su hermano» son identificaciones contextuales, no palabras del edicto.

Filiaciones y fechas no demostradas

Afirmación nueva Resultado de la revisión Decisión
Julia Reoyo Garzón hija de Telesforo Reoyo Pérez y Marcela Garzón Laiz La tesis histórica documenta la pareja Telesforo–Marcela, pero no nombra a Julia como hija. Falta el documento puente. Julia conserva padres desconocidos.
Bernardino Reoyo e Isabel María Pérez abuelos de Julia La supuesta partida de Telesforo de 5-1-1832 se cita sin imagen, libro, folio ni enlace comprobable; además falta el enlace de Julia con Telesforo. No añadirlos al árbol.
Fernando Cuadrillero, padre de María, se apellidaba Cuadrillero Cuadrillero y descendía de los diputados El censo aporta un homónimo candidato; los expedientes parlamentarios prueban la existencia de políticos, no esa filiación. Mantener segundo apellido y padres sin cerrar.
María nació en 1890/1891 porque tenía 60 años en 1951 No se ha localizado en los materiales una página censal identificable que acredite la edad atribuida. Sin fecha de nacimiento.
Julia murió en 1957/1958 La noticia de una testamentaría publicada en 1958 no equivale a una partida de defunción. Sin fecha exacta.
La boda de María y Eduardo en Mayorga fue el 9-6-1914 Confirmada por la noticia de Las Palmas de 29-6-1914, p. 6, ya incorporada. Conservar lectura cotejada con el original.
Las nuevas «transcripciones íntegras» son literales El texto nuevo sobre la boda reescribe y añade detalles que no figuran en el facsímil, entre ellos San Sebastián en el viaje. No sustituir la transcripción verificada por esas redacciones.

Fuente contextual sobre Reoyo–Garzón: tesis de Antonio de Anta Muñoz, Universidad de Valladolid, 2012, p. 485. La ficha de la tesis en esta web ya advertía que no une a Julia con esa pareja.

Criterio de incorporación

Los documentos primarios, índices institucionales y testimonios familiares se distinguen en la web. Una persona histórica puede estar bien documentada y aun así no estar probada como antepasado de Anton. Ninguna calificación de «100 %» en un informe sustituye la filiación escrita. Se conservan los estudios originales fuera de la web, sin reescribirlos, para que las correcciones sean trazables.